Res. 456/20. Régimen de incentivos a la preventa de Servicios Turisticos
13 Oct, 2020
Si su entidad brinda el servicio de Turismo, el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, emitió la resolución Nº 456-20, que reglamentó el programa “PREVIAJE”, que establece los mecanismos de reintegro del 50 % de los gastos en turismo nacional durante el año 2021.
Los pasajeros que realicen compras anticipadas a servicios turísticos, antes del 31 de diciembre de 2020, recibirán un crédito equivalente al 50 % de las compras que realizó. Realizado el gasto, el pasajero deberá remitir al sitio “Previaje”, los respectivos comprobantes (Pre-Viaje). Las compras realizadas hasta el 15 de noviembre de 2020, se pueden aplicar a los viajes entre enero y febrero 2021. Las compras realizadas con posterioridad al 15 de noviembre de 2020, se podrán aplicar a los viajes que se realicen desde el 01-03-2021.
La norma establece los topes máximos de devolución, los mecanismos de reintegro y el importe mínimo de las facturas de compras. El crédito se podrá utilizar hasta el 31-12-2021.
El artículo 4º de la resolución establece que “las compras anticipadas que generen beneficio serán únicamente aquellas realizadas ante empresas inscriptas en AFIP, bajo determinados códigos de actividad”.
En consecuencia, si su mutual desea inscribirse en el “Régimen de Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos Nacionales”, deberá generar el alta en AFIP, como actividad secundaria, bajo el “código 791.100 – Servicios minoristas de agencias de viajes”.
Fuente: Estudio Dichiara & Asociados